Con esta decisión, todos los jueces federales del país no podrán negar amparos a las personas que los soliciten para el autoconsumo de la mariguana.
Recientemente, la Primera Sala de la Suprema Corte de Justicia de la Nación (SCJN) emitió una jurisprudencia mediante la cual declara inconstitucional la prohibición del uso recreativo de la mariguana, esto, con base en ochos tesis derivadas de cinco amparos concedidos entre 2015 y 2018.
Lee Presenta AMLO Créditos para pequeños productoresCon esta decisión, todos los jueces federales del país no podrán negar amparos a las personas que los soliciten para el autoconsumo de la mariguana.
Cabe señalar, que hasta ahora, los jueces pueden otorgar o negar los amparos de autoconsumo solicitados a través de la Comisión Federal de Protección contra Riesgos Sanitarios (Cofepris), toda vez que la ley prohíbe el consumo de la mariguana.
Mientras que los amparos que los consumidores obtienen a través de Cofepris autorizan el cultivo propio de la cannabis y su consumo personal pero prohíbe su comercialización y consumo en lugares públicos.
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