Los establecimientos y concesionarios que permitan fumar en espacios cerrados serán acreedores a multas de casi 338 mil pesos
Puebla, Pue.- La nueva Ley para la Protección del Consumo y de la Exposición al Humo y Emisiones de Tabaco y de otros Productos Análogos, aprobada este martes por los diputados locales en comisiones unidas y que será turnada al Pleno, sanciona tantos a los establecimientos y concesionarios que toleren a fumadores en lugares cerrados, como a los propios ciudadanos que incurran en la falta.
Lee Piden regular cigarro electrónico en PueblaLas multas a establecimientos y concesionarios del transporte que permitan fumar en espacios cerrados, serán hasta de 337 mil 960 pesos, partiendo de una base de 8 mil 449 pesos.
La reincidencia los establecimientos obliga su clausura de manera temporal o definitiva, y en la segunda reincidencia aplicaría para los propietarios el arresto de 36 horas.
Los ciudadanos que fumen en espacios prohibidos además de pagar una multa que va de 844.9 pesos hasta 8 mil 449 pesos. Además pudieran ser acreedores a 36 horas de cárcel en caso de reincidencia o en el menor de los casos, a un apercibimiento.
La nueva ley que será turnada al Pleno para su aprobación, este día fue avalada por unanimidad por los integrantes de las comisiones de Salud y Gobernación y Puntos Constitucionales.
En el caso del transporte público, pasajeros o choferes que fumen dentro de las unidades serán sancionados o podrían incluso perder su concesión de manera permanente.
Sin embargo, el artículo 47 a la letra dice: “A juicio de la autoridad competente, las sanciones a que se refiere el presente capítulo podrán conmutarse total o parcialmente, por la asistencia a clínicas contra el tabaquismo o similares que determine la autoridad competente.”
Fotografía archivom
clh
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