Se debe proceder a la devolución del saldo a favor al trabajador
El IMCP Instituto Mexicano de Contadores Públicos señaló que en este tema se tiene conocimiento que el SAT niega frecuentemente la devolución del saldo a favor de ISR de la declaración anual de personas físicas que obtienen ingresos por sueldos y salarios.
Lee SHCP indicó que en México los beneficios del TLCAN difieren por regionesSin embargo, el 14 de mayo del presente año se publicó un criterio del Poder Judicial de la Federación en beneficio de los asalariados que les está siendo negada su devolución de impuestos porque su patrón no ha pagado las retenciones del ISR que periódicamente les realiza.
Dicho criterio es en el sentido de que a pesar de que no esté acreditado el pago de retenciones de ISR por parte del patrón al SAT, se debe proceder a la devolución del saldo a favor al trabajador.
“Este criterio es muy oportuno ya que cualquier persona física que tenga saldo a favor por los ingresos por sueldos y salarios en su declaración anual de ISR del ejercicio 2020 podrán solicitar en su declaración anual la devolución automática”, apuntó el IMCP.
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