Entra en vigor este 1 de julio y tendrá vigencia hasta el 31 de diciembre
La Secretaría del Medio Ambiente (Sedema) capitalina, a través de la Dirección General de Calidad del Aire, publicó en la Gaceta Oficial de la Ciudad de México el aviso por el que se da a conocer el Programa de Verificación Vehicular Obligatoria para el segundo semestre de 2021, el cual entra en vigor este 1 de julio y tendrá vigencia hasta el 31 de diciembre.
Lee Reinicia verificación vehicular en la Ciudad de MéxicoDe acuerdo con la Gaceta Oficial, los vehículos deberán realizar y aprobar la verificación de emisiones vehiculares y revisión de componentes de control ambiental cada semestre, salvo el caso de los que obtengan un holograma doble cero “00”, en cuyo caso la unidad estará exenta de la obligación de verificar sus emisiones hasta por tres semestres de verificación vehicular posteriores al semestre en que se obtuvo.
Los vehículos matriculados en la Ciudad de México deberán continuar verificando conforme al color del Engomado de Circulación o al último dígito numérico de las placas de circulación del vehículo, en los siguientes términos:
El servicio de verificación vehicular se prestará de lunes a sábado, de las 8:00 a las 20:00 horas, a excepción de días no laborales. Las personas con discapacidad podrán obtener una constancia para exentar del programa “Hoy No Circula” a los automóviles que utilizan, de forma voluntaria y gratuita, en el Módulo de Atención Ciudadana de la Dirección General de Calidad del Aire de la Secretaría.
El costo por los servicios de verificación vehicular que presten los Verificentros, para todo tipo de Constancia de Verificación (Holograma “0”, “1”, “2”, Rechazo y Evaluación Técnica), así como del incentivo “00”, es de 5.625 veces la Unidad de Medida y Actualización vigente más el IVA. Cabe hacer mención que las tarifas se actualizan de manera anual.
Los vehículos de uso particular que se registren por primera vez o que deciden cambiar de placa deberán ser verificados dentro de los 180 días naturales, contados a partir de la fecha de expedición de la tarjeta de circulación.
En la Gaceta también se establece que los vehículos que carezcan de dígito numérico en su terminación de la matrícula, deberán realizar la verificación conforme a la terminación 9 o 0. Los taxis que mantienen una misma matricula, pero sustituyen su unidad, deberán ser verificados dentro de los 180 días naturales, contados a partir de la fecha de expedición de la tarjeta de circulación, situación que no exime a la unidad usada de portar el certificado y holograma de verificación correspondientes a la matricular anterior, o de presentar el pago de la multa por verificación extemporánea de haberse vencido los 180 días otorgados.
La verificación en su segundo, cuarto, sexto, octavo, décimo o sucesivos intentos pares será gratuita, siempre y cuando la verificación que le anteceda sea un rechazo vehicular y se realice en el mismo Centro de Verificación Vehicular en que se obtuvo el rechazo. La Constancia del tipo “Exento” y “Permiso Especial para Circular” se expedirá sin costo alguno.
Durante el proceso de verificación de emisiones vehiculares, los vehículos podrán obtener las Constancias de Verificación tipo “0”, “1” o “2”. Los vehículos que cuenten con holograma “1” o “2” contarán con un plazo de dos meses para verificar sus unidades de conformidad con el calendario establecido para el semestre correspondiente.
Foto: archivo m
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