Transferir a sus nóminas a trabajadores de outosurcing o insourcing: STPS

La reforma de subcontratación fijó una multa de hasta 4 millones 481,000 pesos para las empresas que se beneficien de la subcontratación laboral

Transferir a sus nóminas a trabajadores de outosurcing o insourcing: STPS

Durante su participación en el "Avances en la implementación de la Reforma en materia de Subcontratación" de la Secretaría del Trabajo y Fomento al Empleo de la Ciudad de México (STyFE), Alejandro Salafranca Vázquez, titular de la Unidad de Trabajo Digno de la STPS, subrayó que las empresas no requieren inscribirse al Registro de Servicios Especializados u Obras Especializadas (REPSE) para realizar el proceso de sustitución patronal.

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La reforma publicada en el Diario Oficial de la Federación el 23 de abril de este año otorgó un plazo de 90 días naturales para que las empresas beneficiarias de subcontratación laboral llevan a cabo el proceso de sustitución patronal, sin la condición de transferir los bienes objeto de la compañía contratista, pero respetando la antigüedad de los trabajadores que pasarán a un esquema de contratación directa.

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Los trabajadores no se mueven, siguen trabajando donde siempre, pero su patrón no va a ser un tercero, una empresa de recursos humanos, sino la empresa productiva real para la que han trabajado siempre”, explicó Salafranca Vázquez sobre la sustitución patronal.

De acuerdo con la STPS, hasta el momento un millón de trabajadores han sido reconocidos por sus patrones reales. El funcionario afirmó que actualmente la legislación otorga facilidades para realizar la sustitución patronal y el procedimiento que se lleva a cabo ante el Instituto Mexicano del Seguro Social (IMSS) y las Juntas de Conciliación y Arbitraje.

La modificación a siete ordenamientos legales que contempló la reforma de subcontratación fijó una multa de hasta 4 millones 481,000 pesos para las empresas que se beneficien de la subcontratación laboral y del mismo modo, para los negocios que contraten o presente servicios especializados sin contar con el registro ante la Secretaría del Trabajo y Previsión Social.

Alejandro Salafranca recordó y finalizó diciendo que las empresas no hagan la sustitución patronal y continúen beneficiándose de un esquema de subcontratación laboral incurrirán en una ilegalidad.

fotografía: ceupe

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