Las mujeres y personas con capacidad de gestar tienen derecho a la autonomía reproductiva, incluido el aborto, determinan magistrados
Este jueves el Pleno de la Suprema Corte de Justicia de la Nación (SCJN) invalidó una fracción de la Constitución de Sinaloa y determinó que la protección de la vida desde la concepción es inconstitucional.
Lee Liberarán en Coahuila a todas las mujeres encarceladas por abortosApenas el martes la SCJN declaró inconstitucional la penalización del aborto en la primera etapa del embarazo y reconoció el derecho a decidir, lo que se puede considerar un fallo histórico en México.
El portal Animal Político reportó que ayer por votación unánime, los ministros declararon inconstitucional una fracción del artículo 4 Bis A, fracción I, de la Constitución de Sinaloa, que reconocía “la vida humana desde la concepción”.
La determinación de la Corte crea un criterio obligatorio, esto quiere decir que en todos los estados en donde haya leyes con este tipo de “protección”, y si alguna mujer o persona gestante es criminalizada por interrumpir su embarazo, puede ampararse al ser contario a los derechos humanos.
Este tipo de cláusulas, como la que existe en Sinaloa, atentan contra los derechos reproductivos de las mujeres y buscan inhibir la práctica de toda clase de abortos, incluso aquellos resultado de violaciones o riesgos a la salud que están permitidos legalmente.
Además, el argumento de la Corte es que los congresos estatales no están facultados para limitar derechos humanos ni reconocer “la vida humana desde la concepción”.
Foto: archivo m
gse
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