Nombran a tres nuevos jueces para juicios orales en Puebla

Además el TSJ aprobó también la permuta de espacios con el Juzgado Sexto de lo Familiar en Ciudad Judicial

Nombran a tres nuevos jueces para juicios orales en Puebla

El Consejo de la Judicatura del Poder Judicial del Estado aprobó la designación de tres nuevos jueces, cuatro secretarios y dos diligenciarios para atender las audiencias en los Juicios Orales en materia familiar.

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De esta forma, a partir del día tres de noviembre se determinaron los siguientes nombramientos y cambios de adscripción:

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Jacqueline Oviedo Hernández, Titular del Juzgado Décimo Segundo Auxiliar de lo Familiar del Estado de Puebla, pasa como Juez de Primera Instancia de Oralidad Familiar del Distrito Judicial de Puebla.

Adolfo Hernández Martínez, Titular del Juzgado de lo Civil y de lo Penal del Distrito Judicial de Zacapoaxtla, Puebla, pasa como Juez de Primera Instancia de Oralidad Familiar del Distrito Judicial de Puebla.

Alberto Gutiérrez Ríos, Titular del Juzgado de lo Civil y de lo Penal del Distrito Judicial de Xicotepec, Puebla, pasa como Juez de Primera Instancia de Oralidad Familiar del Distrito Judicial de Puebla.

Como secretarios, se nombró a los abogados Rafael Vázquez Isidro, Harume Sánchez Portilla, Gianelli García Juárez, Blanca Elizabeth Martínez Anguiano, y como diligenciarios a los abogados Alejandro Rojas Mirón y Alan García Juárez.

Con el fin de concentrar todas las Salas de Oralidad que se encuentran ubicadas en la planta alta del área de Juzgados de Ciudad Judicial Siglo XXI, tener una mejor organización y proceso de trabajo, se ordenó el traslado del Juzgado de Oralidad en Materia Familiar al espacio que actualmente ocupa el Juzgado Sexto de lo Familiar, que a su vez se trasladará al espacio del Juzgado de Exhortos de la Zona Metropolitana. En cuanto a éste último, pasará a ocupar el espacio que dejará el Juzgado de Oralidad en Materia Familiar.

Cabe destacar que, en atención a su implementación gradual, se aprobó también la estructura base con la que se deben conformar los Juzgados de Oralidad en Materia Familiar en el Estado, la cual se compone de al menos con dos juzgadores y el número de secretarios, diligenciarios, personal administrativo (atención al público, operadores de audio y video) que sean necesarios para su eficaz funcionamiento, cuando las condiciones así lo requieran.

Derivado de ello, el Consejo de la Judicatura también aprobó la creación del cargo de Administradora o Administrador del Juzgado de Oralidad en Materia Familiar del Estado, a fin de lograr una oportuna atención y garantizar el derecho de acceso a la justicia familiar, bajo el esquema ágil, efectivo y eficiente que ha comprometido el Poder Judicial del Estado.

Foto: TSJ

gse

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