El personal solo informó a la familia que la joven falleció porque “no había puesto de su parte y que habían decidido no sacar al bebé”
Puebla, Pue.- Una adolescente embarazada murió luego de que el personal del Hospital Comunitario de Huehuetla, Puebla no brindó atención oportuna durante el parte, por lo que la Comisión de Derechos Humanos del Estado de Puebla (CDH Puebla) emitió la Recomendación 15/2022 a la Secretaría de Salud del Estado de Puebla por la vulneración al derecho humano a la vida y a disfrutar del más alto nivel posible de salud, a la protección a la salud y una vida libre de violencia obstétrica.
Derivado de las evidencias que integran el expediente 3137/2019, quedó acreditado ante este organismo autónomo de derechos humanos que personal médico del Hospital Comunitario de Huehuetla, Puebla no brindó atención oportuna y de manera adecuada a una mujer adolescente con motivo de su embarazo de 39 semanas, quién acudió el 2 de agosto de 2018 a las 8:00 horas al área de urgencias en compañía de su madre, al iniciar con trabajo de parto, y siendo valorada por una doctora de dicho nosocomio, quién les indicó que todo se encontraba bien y aún faltaba tiempo para el parto, por lo cual le solicitó regresar más tarde.
Una vez que regresaron, a las 16:00 horas del mismo día, para una segunda consulta, el personal médico les señaló que faltaba tiempo para el parto. Debido a las contracciones que la mujer embarazada presentaba, ella y su madre decidieron esperar afuera del hospital, y una vez que comenzó a presentar más molestias, la madre ingresó al nosocomio para buscar a la doctora, quién revisó a la paciente y determinó que se quedara hospitalizada.
Después de permanecer en la sala de espera hasta las 00:00 horas del día 3 de agosto de 2018, el personal médico le brindó a la paciente una cama y le realizaron un ultrasonido, solicitándole a la madre que abandonara la habitación; quien después de un tiempo regresó a la habitación, momento en el que su hija le solicitó la trasladarán al Hospital de Ixtepec, Puebla, para que le practicaran una cesárea. Al formular esta petición al personal médico, éste se negó, ingresando a la paciente a la sala de expulsión del hospital, quienes más tarde informaron a los familiares de la paciente, que la mujer había fallecido debido a que “no había puesto de su parte y que habían decidido no sacar al bebé”.
Ante tales hechos, la CDH Puebla emite las siguientes recomendaciones a la Secretaría de Salud del Estado de Puebla:
Proporcione a los familiares de la víctima una reparación integral, la que deberá comprender las medidas de restitución, rehabilitación, compensación, satisfacción y garantía de no repetición, con motivo de los hechos que dieron origen a esta recomendación, cuyo cumplimiento deberá acreditar ante este organismo.
Brinde a los familiares atención victimológica especializada, la cual deberá otorgarse de forma continua hasta que alcance su sanación física y emocional, atendiendo a su edad, su condición de salud física y emocional, gratuita y de forma inmediata en un lugar accesible y con la aceptación de los agraviados ofreciéndoles información previa, clara y suficiente que les permita superar las secuelas producidas por los hechos ocurridos.
Instruya a quién corresponda a fin de que colabore ampliamente con la Unidad Administrativa especializada, con el objetivo de que realicen las gestiones necesarias para continuar con el seguimiento del expediente administrativo en contra de la autoridad responsable.
Emita una circular a través del cual instruya a las personas servidoras públicas del Hospital Comunitario de Huehuetla, para que sujeten su actuar a lo establecido por el Orden Jurídico Mexicano, así como a los Tratados Internacionales suscritos y ratificados por el Estado Mexicano, y se abstengan de realizar actos que atenten contra el derecho humano a la protección de la salud, a disfrutar del más alto nivel posible de salud, a una vida libre de violencia obstétrica y a la vida de las personas.
Brinde a las personas servidoras públicas del Hospital Comunitario de Huehuetla capacitación relativa al respeto y protección de los derechos humanos, establecidos tanto en la legislación local, nacional e internacional, principalmente los relacionados la protección de la salud, a una vida libre de violencia obstétrica y la vida, con el fin de evitar actos como los señalados en la presente recomendación.
Informe al titular del Órgano Interno de Control de la Secretaría de Salud y de los Servicios de Salud del Estado de Puebla, para que determine sobre el inicio del procedimiento administrativo de investigación correspondiente, en contra de la servidora pública, que participó en los hechos a que se contrae el presente documento y en su oportunidad determine lo que conforme a derecho corresponda, debiendo justificar ante este organismo su cumplimiento.
De vista al titular del Órgano Interno de Control de la Secretaría de salud y de los Servicios de Salud del Estado de Puebla, para que inicie los procedimientos administrativos que resulten procedentes para la determinación de la responsabilidad administrativa por falta de personal médico, equipamiento o infraestructura medica en el Hospital Comunitario de Huehuetla, al momento de los hechos, debiendo justificar ante este organismo autónomo su cumplimiento.
Realice los estudios técnicos necesarios a efecto de dictaminar la viabilidad de incrementar el personal especializado y mejorar o ampliar la infraestructura correspondiente en el Hospital Comunitario de Huehuetla, para que se pueda otorgar una adecuada y oportuna atención gineco-obstétrica y pediátrica, debiendo justificar ante este organismo su cumplimiento.
La CDH Puebla, refrenda su compromiso para la protección efectiva de los derechos humanos de las mujeres, niñas y adolescentes en el Estado de Puebla, y de quienes transitan por su territorio.
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