Aunque el momento de tramitar la pensión aun esté lejos, es importante conocer las diferencias entre regímenes
Aun cuando todavía esté lejos el momento de tramitar tu pensión como derechohabiente del IMSS, es importante tener claro a qué régimen perteneces, pues de eso dependerá tu jubilación según las diferencias entre la Ley 71 y Ley 97 del IMSS.
Los trabajadores del Instituto Mexicano del Seguro Social (IMSS) cotizan bajo la Ley del Seguro Social de 1973 o la Ley del Seguro Social de 1997, de ahí que se les conozca también como Ley 73 y Ley 97, respectivamente.
Para saber cuál te corresponde, basta con la fecha en que empezaste a cotizar ante el instituto, ya que para estar bajo la Ley 73 tendrías que haber iniciado con tu vida laboral, registrado en el IMSS, antes del 1 de julio de 1997, cuando entró en vigor la siguiente legislación, que la remplazó.
Por el contrario, si tienes menos de 60 años lo más probable es que cotices bajo el régimen 97 del IMSS.
La principal diferencia es el número de semanas cotizadas al momento de iniciar el trámite, pues para iniciar la solicitud de pensión ante el IMSS tendrás que dar aviso a tu empleador, que tendrá que darte de baja.
Para recibir una pensión por parte del IMSS bajo el régimen 73 debes tener 500 semanas cotizadas
Bajo la Ley 97 son 800, que irán aumentando progresivamente hasta sumar las mil en 2031.
Mientras que, en cuestión de edad, sin importar bajo qué ley cotizas deberás tener al menos 60 años cumplidos para aplicar a la pensión por cesantía en edad avanzada (CEA), o los 65 para la pensión por vejez (VE).
Foto especial
aj
Visitas: 659