Plantea seis preguntas y sus respuestas sobre la reforma a las Afores propuesta por el presidente López Obrador
1-¿Hay algún riesgo con la iniciativa propuesta por Morena para los ahorros que los trabajadores en activo tienen recursos en su Afore?
Lee La triste historia de AccendoNo. Ninguno. Independientemente de la edad del trabajador la más reciente modificación de la iniciativa señala que si el trabajador sigue en activo, los fondos aportados a su Afore no podrán trasladarse al Fondo de Pensión para el Bienestar, así tenga 70 años o más.
El traslado automático de esos recursos, en caso de que la iniciativa sea aprobada por las dos cámaras, tampoco impedirá que, si es el deseo del trabajador hacer uso de ellos para tramitar su retiro, podrá hacerlo, pues su cuenta seguirá individualizada.
Solo para dimensionar. Las Afores manejan 6 billones de pesos en números redondos y la cantidad de recursos que se trasladaría sería del orden de 35 a 40 mil millones de pesos, algo así como el 0.6 por ciento del total.
2-¿Qué pasará con los recursos de los trabajadores que lleguen a los 70 años y hayan optado por continuar cotizando de manera voluntaria a través de la llamada Modalidad 40?
No está claro ese segmento pues el dictamen tuvo algunos cambios el viernes pasado y se espera que se discuta en comisiones el lunes próximo. Podría interpretarse que en ese caso se sigue manteniendo una relación entre el trabajador y el IMSS en la medida que se siguen haciendo aportaciones, por lo que los recursos no deberían ser trasladados pero el asunto no parece estar suficientemente claro.
3-¿Qué ocurrirá con los trabajadores que quieran seguir en activo aunque ya puedan optar el retiro?
Como le comentaba, una de las modificaciones finales a la iniciativa acotó que mientras el trabajador se encuentre en activo, su ahorro para el retiro, lo tenga en una Afore o en Pensionisste, no podrá ser trasladado al Fondo, así que si hay alguien que quiera seguir trabajando así tenga 70 años o más garantizará que sus fondos se mantengan en la Afore que haya elegido.
4-¿Están justificadas las críticas que se han hecho respecto al presunto carácter expropiatorio de la medida?
Sí, en alguna medida, pues el gobierno estaría disponiendo de recursos que no le pertenecen. El que tales recursos no hayan sido reclamados, no implica que no lo vayan a ser en el futuro. Tampoco es justificación señalar que con ellos se cumplirá un propósito social como darle recursos a este fondo que permitiría supuestamente fondear las pensiones de quienes vayan a retirarse en los próximos años bajo la Ley de 1997, es decir, bajo el régimen de las Afores. La conducente sería hacer una muy amplia campaña para asegurar que todos aquellos que son propietarios de esos recursos puedan localizarlos y disponer de ellos, en términos de la legislación vigente.
5-¿Cómo podrán trasladarse estos recursos a un fondo que aún no existe?
Con sus propuestas de reforma anunciadas el 5 de febrero, el presidente López Obrador anunció la creación del Fondo de Pensiones para el Bienestar, que es el vehículo que sería fondeado con los recursos trasladados de las Afores, entre otras fuentes. El problema es que ese fondo aún no se crea. Así que se estaría estableciendo un vehículo adicional de financiamiento sin que el fondo legalmente exista.
6-¿Cuál es la razón por la que muchas de las personas que se retiren bajo el esquema de la Ley de 1997 obtendrían pensiones bajas?
Hay dos razones. La primera es el bajo ahorro para el retiro, que era de 6.5 por ciento. Fue tan claro ese hecho para este gobierno que en 2020 decidió promover una reforma legal para aumentar en 1 punto porcentual por año la aportación patronal al ahorro para el retiro desde el 2023 hasta el 2030. La segunda razón es el hecho de que en el mercado laboral mexicano hay un tránsito muy intenso entre la formalidad y la informalidad. Los trabajadores no tienen una vida laboral en la que de manera continua hagan aportaciones regulares para su retiro. Eso conduce a que las semanas cotizadas sean bajas. Tan se reconoce el problema que la reforma del 2020 igualmente redujo el mínimo requerido de semanas cotizadas para aspirar a una pensión de 1 mil 250 a 750.
Hay muchas más preguntas en torno a este tema, que deberían abordarse de manera amplia y no mediante un procedimiento legislativo exprés como todo indica que se pretenderá en el curso de la siguiente semana.
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Columna Coordenadas de Enrique Quintana en El Financiero
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