Otorgan amparo a Xóchitl Gálvez contra Jenaro Villamil

Quien no podrá utilizar su cargo público para desacreditar la imagen de la candidata presidencial de la oposición

Otorgan amparo a Xóchitl Gálvez contra Jenaro Villamil

México.- Un tribunal colegiado otorgó un amparo a la candidata presidencial de la alianza “Fuerza y Corazón por México”, a Xóchitl Gálvez Ruiz, en contra de Jenaro Villamil, presidente del Sistema Público de Radiodifusión del Estado Mexicano (SPR), por una publicación en la que la mencionó y afectó su imagen frente a la opinión pública.

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Fue en el mes de agosto de 2023, cuando la entonces senadora del Partido Acción Nacional (PAN) promovió un amparo por una publicación que realizó Villamil Rodríguez en su cuenta de Twitter, por violar su derecho a la dignidad humana, honor, buen nombre, reputación, imagen y presunción de inocencia.

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Al respecto, el juzgado de Distrito respectivo sobreseyó el juicio debido a que consideró que Villamil sólo parafraseó el título de una nota periodística y que era parte de su libertad de expresión.

Fue entonces en noviembre de 2023, que Gálvez Ruiz interpuso un recurso de revisión con el alegato de que lo hecho por el presidente del SPR constituía un acto de autoridad al ostentar su cargo en su cuenta de X.

“Por lo que las declaraciones que efectúa a través de sus redes sociales o la información que comparte, no sólo se realizan bajo una opinión personal, sino como parte del desempeño de su encargo, como responsable de la difusión de información imparcial, objetiva, oportuna y veraz”, señala la sentencia del tribunal colegiado.

De tal manera, el caso llegó al Decimocuarto Tribunal Colegiado en Materia Administrativa de la Ciudad de México, y correspondió al magistrado Juan Pablo Gómez Fierro (quien ha dictado varias resoluciones contra iniciativas del gobierno federal) ser el ponente. La sentencia fue favorable a Gálvez.

El tribunal colegiado señaló que la publicación de Jenaro Villamil rebasó el límite del acceso a la información pública y de informar, “generando en la opinión pública la idea de la comisión de un acto ilícito afectando el honor y presunción de inocencia de Xóchitl Gálvez”.

Dentro de las consideraciones para la sentencia está la de que las declaraciones que Villamil realiza y la información que comparte “no sólo se realizan bajo una opinión personal, sino como parte del desempeño de su encargo, como responsable de la difusión de información imparcial, objetiva, oportuna y veraz”.

Es así que Villamil debe eliminar la publicación de julio del año pasado y no puede utilizar su cargo público para desacreditar la imagen de la candidata presidencial.

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