Destaca el punto de comprobar conocimientos con experiencia profesional, docente o grado académico
Por unanimidad de 37 votos, el Congreso de Puebla aprobó este jueves la reforma a la Ley del Notariado propuesta por el gobernador Sergio Salomón Céspedes Peregrina.
Lee Céspedes propone reformar Ley del Notariado; estos son los puntos claveEntre los cambios destaca ahora que las personas interesadas en solicitar el examen de aspirante a titular de la Notaría podrán comprobar sus conocimientos con experiencia profesional, docente o grado académico.
El dictamen señala que se pretende garantizar la profesionalización de las personas que asuman la función notarial, como comprobar que durante seis meses han realizado prácticas notariales ininterrumpidas, o bien, acreditar suficiente experiencia para desarrollar el Servicio Profesional Notarial.
Si se trata de experiencia, ésta podrá ser en forma profesional, docente o académica en áreas afines al ejercicio de la función notarial, mediante información testimonial, o documentos públicos o privados.
El Congreso del Estado también aprobó reformas a la Ley del Notariado, para que las personas interesadas en solicitar el examen de aspirante a titular de la Notaría, también puedan comprobar sus conocimientos con experiencia profesional, docente o grado académico. pic.twitter.com/0hRwQZKrfB — H. Congreso de Puebla (@CongresoPue) July 11, 2024
Se establece que la experiencia profesional se acreditará con el ejercicio de por lo menos un año en el sector público o privado, en ramas del Derecho relacionadas con el ejercicio de la función notarial.
Así como en el ejercicio de por lo menos un año, en instituciones públicas o privadas con reconocimiento de validez oficial, en materia notarial o análogas.
En el caso del grado académico de maestría o doctorado, se acreditará mediante título expedido por instituciones públicas o privadas con reconocimiento de validez oficial, en materia notarial o análogas.
En el dictamen, también se establecen sanciones a la persona titular de la Notaría con multa de 37 a 74 veces la Unidad de Medida y Actualización vigente en el momento del incumplimiento, por desatender las encomiendas de las autoridades notariales, sin causa justificada.
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Foto: Esimagen
gse
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