Reparto de utilidades: fechas y requisitos

El monto total a repartir corresponde al 10% de las utilidades netas obtenidas por la empresa durante el ejercicio fiscal anterior.

Reparto de utilidades: fechas y requisitos

​El reparto de utilidades es una prestación laboral que permite a los trabajadores en México recibir una parte de las ganancias generadas por la empresa donde laboran. Este derecho está establecido en la Ley Federal del Trabajo (LFT) y busca reconocer la contribución de los empleados al éxito económico de las organizaciones.​

Fechas límite para el pago de utilidades en 2025

Para el año 2025, las fechas límite para que los empleadores realicen el pago de utilidades son:​

Personas morales (empresas): el pago debe efectuarse a más tardar el 30 de mayo de 2025. ​ Personas físicas con actividad empresarial (patrones): la fecha límite es el 29 de junio de 2025. ​

Cálculo y distribución de las utilidades

El monto total a repartir corresponde al 10% de las utilidades netas obtenidas por la empresa durante el ejercicio fiscal anterior. Este monto se divide en dos partes:​

Primera parte: se distribuye equitativamente entre todos los trabajadores, considerando el número de días laborados por cada uno durante el año.​ Segunda parte: se reparte en proporción al salario devengado por cada trabajador durante el año.​

¿Quiénes tienen derecho a recibir utilidades?

Tienen derecho al reparto de utilidades:​

Trabajadores que hayan laborado al menos 60 días en la empresa durante el año fiscal. Empleados en servicio activo, así como aquellos con incapacidad temporal o licencia de maternidad o paternidad.​

¿Quiénes no reciben utilidades?

No tienen derecho al reparto de utilidades:​

Trabajadores que laboraron menos de 60 días en el año fiscal.​ Directores, administradores y gerentes generales.​ Trabajadores domésticos.​ Personas que prestan servicios profesionales bajo el régimen de honorarios o sin contrato fijo.​ Empresas de nueva creación durante su primer año de operación.​ Instituciones públicas descentralizadas con fines culturales, asistenciales o de beneficencia, como el Instituto Mexicano del Seguro Social (IMSS).​ Empresas cuyo capital sea menor al establecido por la Secretaría del Trabajo y Previsión Social (STPS) para cada rama industrial.​

Procedimiento en caso de no recibir las utilidades

Si, siendo elegible, no se recibe el pago de utilidades en las fechas establecidas, el trabajador puede:​

Comunicación interna: Plantear la situación al departamento de recursos humanos o al área encargada de prestaciones laborales dentro de la empresa.​ Asesoría externa: Acudir a la Procuraduría Federal de la Defensa del Trabajo (Profedet), que ofrece asesoría gratuita y puede orientar sobre los pasos a seguir.​ Correo electrónico:Teléfonos: 01 800 717 2942 y 01 800 911 7877​ WhatsApp: 551 484 8737​ Horario de atención: lunes a viernes, de 8:30 a 18:00 horas.​

Acciones legales: Si, después de la asesoría, no se recibe el pago correspondiente, se pueden iniciar acciones legales ante la Junta Local de Conciliación y Arbitraje o instancias laborales competentes.​

Consideraciones adicionales

Días considerados como laborados:

Se cuentan como días laborados aquellos en los que el trabajador recibe su salario, aunque no haya prestado servicios, incluyendo descansos semanales, vacaciones, días festivos, permisos con goce de sueldo, incapacidades temporales por riesgos de trabajo y periodos prenatales y posnatales. ​ Plazo para reclamar:​ El trabajador tiene un año, contado a partir del día siguiente al vencimiento de la fecha límite de pago, para reclamar el reparto de utilidades.​

Es fundamental que los trabajadores conozcan sus derechos y estén atentos a las fechas establecidas para el pago de utilidades, garantizando así el reconocimiento a su contribución laboral y evitando posibles inconvenientes.

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