Un tribunal internacional rechazó la demanda de dos fondos estadounidenses que exigían a México más de 219 millones de dólares por bonos emitidos por TV Azteca.

Ciudad de México.— Un tribunal del Centro Internacional de Arreglo de Diferencias Relativas a Inversiones (Ciadi) rechazó por unanimidad la demanda presentada contra México por los fondos estadounidenses Cyrus Capital Partners y Contrarian Capital Management, que reclamaban una indemnización superior a 219 millones de dólares por el caso de los bonos de TV Azteca.
La resolución, emitida el 30 de julio de 2026, estableció que ninguno de los fondos reunía los requisitos para ser reconocido como inversionista conforme al Tratado de Libre Comercio de América del Norte (TLCAN). Debido a ello, el tribunal determinó que no tenía jurisdicción para analizar el fondo de la controversia y desestimó el procedimiento en su totalidad.
El arbitraje comenzó en 2023, cuando las empresas argumentaron que habían adquirido, por medio de filiales constituidas en las Islas Caimán, bonos de deuda emitidos por la televisora de Ricardo Salinas Pliego. Los demandantes aseguraron que una resolución judicial dictada en la Ciudad de México había afectado sus inversiones.
Desde el inicio del proceso, el Gobierno de México sostuvo que un arbitraje de inversión no era la vía correspondiente para resolver una disputa entre particulares y señaló que el Estado no intervenía en el conflicto financiero entre los fondos y TV Azteca.
Además de rechazar la reclamación, el tribunal ordenó a Cyrus Capital Partners y Contrarian Capital Management cubrir los gastos y costos generados por el arbitraje en favor de México. La Secretaría de Economía no informó el monto de esa condena.
El conflicto se originó en 2017, cuando TV Azteca colocó bonos de deuda y posteriormente dejó de realizar los pagos correspondientes. En 2022, un juzgado civil capitalino otorgó a la empresa una prórroga al considerar que la pandemia de COVID-19 constituía un caso de fuerza mayor.
La defensa del Estado estuvo encabezada por la Dirección General de Consultoría Jurídica de Comercio Internacional, perteneciente a la Subsecretaría de Comercio Exterior, con apoyo de la firma Pillsbury Winthrop Shaw Pittman. El laudo completo permanece bajo revisión para retirar información confidencial antes de su publicación.
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