La Secretaría de Hacienda modificó las reglas aplicables a las Actividades Vulnerables, con mayores controles sobre clientes, operaciones y beneficiarios controladores.

Ciudad de México.— La Secretaría de Hacienda y Crédito Público (SHCP) modificó las reglas de la Ley Antilavado para reforzar los controles aplicables a personas y empresas que realizan Actividades Vulnerables en México, con nuevas obligaciones enfocadas en la identificación de clientes, evaluación de riesgos y seguimiento de operaciones.
Los cambios quedaron establecidos en el Acuerdo 115/2026, publicado en la edición vespertina del Diario Oficial de la Federación (DOF) del 7 de agosto de 2026. Las disposiciones también contemplan una mayor vigilancia sobre la documentación y los mecanismos utilizados por los negocios para prevenir operaciones relacionadas con lavado de dinero.
Entre los sectores alcanzados por las nuevas reglas se encuentran constructoras, desarrolladoras e inmobiliarias, así como joyerías, negocios dedicados a la comercialización de metales y piedras preciosas, vendedores de vehículos, casas de empeño y establecimientos que otorgan determinados préstamos o créditos.
Las disposiciones también abarcan a notarios, corredores públicos y determinados profesionistas, además de agentes y agencias aduanales, empresas vinculadas con activos virtuales, negocios de apuestas, concursos y sorteos, comercializadores de obras de arte y asociaciones que reciben ciertos tipos de donativos. Las obligaciones dependerán de los supuestos y montos establecidos en la legislación para cada actividad.
Uno de los principales cambios consiste en aplicar un enfoque basado en riesgos, mediante el cual los negocios deberán identificar y evaluar las posibles amenazas relacionadas con sus clientes y operaciones. También tendrán que fortalecer los procedimientos para determinar al beneficiario controlador, es decir, a la persona que finalmente obtiene el beneficio o mantiene el control de una operación.
Las nuevas reglas establecen además obligaciones relacionadas con manuales de políticas internas, capacitación del personal, monitoreo de operaciones, presentación de avisos, conservación de información y auditorías de cumplimiento. Como consecuencia, algunos clientes podrían tener que entregar información o documentación adicional cuando realicen determinadas transacciones.
La implementación se realizará de manera gradual. La entrada en vigor general del acuerdo está prevista para el 30 de noviembre de 2026, mientras que las principales obligaciones comenzarán a aplicarse a partir del 1 de marzo de 2027.
Los negocios sujetos a estas disposiciones deberán contar con mecanismos automatizados de monitoreo a más tardar el 1 de junio de 2027. Por su parte, el primer periodo anual para realizar auditorías de cumplimiento se contempla para 2028, como parte del nuevo esquema de vigilancia establecido por Hacienda.
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Foto: Especial
djs
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