Un juez federal determinó que la reforma judicial vulnera la división de poderes y la independencia judicial.

Ciudad de México.- Un juez federal declaró inconstitucional la reforma judicial promovida por el expresidente Andrés Manuel López Obrador, al concluir que el Congreso de la Unión rebasó las facultades que le otorga la Constitución al establecer la elección por voto popular de ministros, magistrados y jueces, además de detectar irregularidades durante el proceso legislativo que dio origen a la modificación constitucional.
La resolución fue emitida el pasado 31 de julio por el juez Séptimo de Distrito en Materia Administrativa en Jalisco, Agustín Archundia Ortiz, y notificada el 17 de agosto. En ella, el juzgador sostiene que el Poder Reformador excedió los límites establecidos en el artículo 135 constitucional al modificar aspectos esenciales del diseño institucional del Poder Judicial.
De acuerdo con el fallo, la elección de integrantes del Poder Judicial mediante sufragio altera el sistema de equilibrio entre poderes previsto por la Constitución, al considerar que los juzgadores deben permanecer ajenos a intereses políticos y partidistas para garantizar su independencia e imparcialidad.
El juez argumentó que someter a quienes aspiren a impartir justicia a campañas electorales los expone a presiones y compromisos propios de la competencia política, situación que, a su juicio, pone en riesgo la objetividad con la que deben resolver los asuntos sometidos a su consideración.
Asimismo, señaló que el mecanismo de elección popular tampoco asegura que quienes resulten electos cuenten con la preparación y las competencias necesarias para desempeñar funciones jurisdiccionales, debido a que la reforma contempla requisitos mínimos para acceder a las candidaturas.
En la sentencia también se concluye que la reforma vulnera principios constitucionales como la progresividad de los derechos humanos, la división de poderes y el derecho de las personas a acceder a tribunales integrados por juzgadores capaces de impartir justicia de manera pronta, completa e imparcial.
Respecto a la desaparición de los fideicomisos del Poder Judicial de la Federación, el juez sostuvo que el Congreso también excedió sus atribuciones al ordenar la reintegración de recursos que forman parte de un patrimonio destinado a derechos laborales y de seguridad social de los trabajadores judiciales.
Los efectos de la resolución únicamente benefician a Claudia Lissette Montaño Mendoza, secretaria de acuerdos del Cuarto Tribunal Colegiado en Materia Civil del Estado de México, con sede en Toluca, para quien se ordenó dejar sin aplicación la reforma judicial.
El fallo se da en un contexto en el que dicho tribunal enfrenta una situación extraordinaria, luego de que sus tres magistrados fueran suspendidos por el Tribunal de Disciplina Judicial, sin que hasta el momento se hayan informado oficialmente las causas. Actualmente, el órgano es presidido por Moisés Duarte Briz y las otras dos magistraturas permanecen ocupadas por secretarios en funciones, mientras el tribunal ha dejado de publicar de manera regular los acuerdos que le corresponde emitir.
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